Toma la palabra

Por Open Society Foundations

Foto de las Brigadas Vecinales de Derechos Humanos

La organización internacional Open Society Justice Initiative acoge con satisfacción la iniciativa de la Defensora del Pueblo española encaminada a eliminar la utilización de perfiles étnicos y raciales por la Policía Nacional en los controles de identidad supuestamente aleatorios.

Las recomendaciones de la Defensora del Pueblo, dirigidas a la Dirección General de la Policía del Ministerio del Interior, representan el esfuerzo más comprehensivo que se haya realizado hasta la fecha para abordar el problema de la utilización de perfiles étnicos. De aceptarse e implementarse debidamente dichas recomendaciones, permitirían afrontar e identificar adecuadamente el problema reformando la práctica y la cultura policial. Estas medidas incluyen:

  • El establecimiento de “formularios de identificación” a ser cumplimentados por los agentes cada vez que sometan a una persona a un control de identidad, en los que se incluyan sus rasgos étnicos y raciales y/o su nacionalidad “de acuerdo con los principios de consentimiento informado y confidencialidad”.
  • La elaboración de un “Manual de procedimiento sobre el uso de los formularios de identificación” dirigido a los agentes de la Policía Nacional.
  • El establecimiento de “un sistema estadístico de recopilación y seguimiento de los datos desglosados por raza, etnia y/o nacionalidad”, a fin de evaluar –y de este modo paliar- el sesgo discriminatorio de las actuaciones policiales.
  • La formación específica a los agentes “en materia de diversidad cultural y capacitación sobre la forma de llevar a cabo controles de identidad con arreglo al principio de igualdad y la prohibición de discriminación”.
  • La constitución de “un mecanismo de reclamaciones encargado de recibir quejas individuales de personas objeto de identificación sobre posibles discriminaciones por parte de funcionarios de la policía”.

En 2012 el Ministerio del Interior contestó a una recomendación anterior de la Defensora del Pueblo emitiendo la Circular 2/2012 que prohibía “el establecimiento de cupos de identificación o detención de extranjeros a cualquier unidad del Cuerpo Nacional de Policía, evitándose actuaciones masivas o indiscriminadas basadas únicamente en criterios étnicos”. Leer más


Campaña Armas Bajo Control

  • Las ONG temen que el interés del Gobierno español en vender armas relaje los criterios de derechos humanos

Desde el inicio de la presente legislatura, las ONG de la coalición “Armas Bajo Control” han alertado del posible impacto de la crisis económica en los controles en las exportaciones de armas. Existe una clara tensión entre las limitaciones y restricciones que la Ley 53/2007, de 28 de diciembre, establece sobre el comercio exterior de material de defensa, y la voluntad del Gobierno de incrementar las ventas en el exterior para apoyar a la industria militar española, ante la bajada de ventas a nivel interno debido a los recortes en nuevas adquisiciones, principalmente debido a la deuda histórica acumulada por el Gobierno con diversas empresas españolas de material de defensa. Como resultado de ello, se incrementa el riesgo de que material de defensa español termine siendo objeto de operaciones en las que existe un riesgo de que sean utilizadas para facilitar o cometer violaciones de derechos humanos.

La intensa agenda internacional del Sr. D. Pedro Morenés, Ministro de Defensa, así como algunas declaraciones que ha emitido; las negociaciones en marcha con Arabia Saudí para vender carros de combate; o incluso la adopción de regulaciones exigidas para ciertas operaciones preocupantes, han ido incrementando estos temores.

En unas declaraciones públicas en 2010, ante la posible venta de carros de combate a Arabia Saudí, país que no cumple los mínimos en derechos humanos, el Ministro afirmó que “en Arabia Saudí hay una evolución desde su idiosincrasia.” Recientemente el Ministro de Defensa, ha apostado claramente por la promoción de la capacidad exportadora de la industria de defensa.

Por otro lado, la aprobación de la Ley de medidas de liberalización para impulsar la exportación de dicho material (Ley 12/2012, de 26 de diciembre), que regula los acuerdos gobierno a gobierno, refleja el interés por incrementar las ventas de armas y abre interrogantes sobre su impacto en los procesos existentes de control en las exportaciones.

Amnistía Internacional, FundiPau (Fundació per la Pau), Greenpeace e Intermón Oxfam manifiestan su temor por esta situación el día que presentan el informe que analiza las ventas españolas de material de defensa, de doble uso y otro material durante el primer semestre del 2012, elaborado con la asistencia técnica del Instituto de Estudios sobre Conflictos y Acción Humanitaria (IECAH). Leer más


Por Yo Sí Sanidad Universal

  • Se cumple un año de la publicación del Real Decreto Ley 16/2012, que supone la división de las personas que residen en el Estado español había que dividirlas entre las que merecen atención sanitaria sin que ello les suponga un coste adicional al que ya pagan con sus impuestos y las que no.
  • El Real Decreto Ley supone medidas tales como  el aumento del copago o la desfinanciación de fármacos.
  • Yo Sí Sanidad Universal nace como un colectivo cuyo objetivo es el de poner fin a la exclusión sanitaria y restablecer la universalidad de la atención.

Un año de exclusión sanitaria. Un año de desobediencia. Yo Si Sanidad Universal from Yo Sí Sanidad Universal on Vimeo.

El 24 de abril de 2012 salió publicado en el Boletín Oficial del Estado el Real Decreto Ley 16/2012 de medidas urgentes para garantizar la sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud y mejorar la calidad y la seguridad de sus prestaciones. Se cumple pues un año desde que el Gobierno decidió que a las personas que residen en el Estado español había que dividirlas entre las que merecen atención sanitaria sin que ello les suponga un coste adicional al que ya pagan con sus impuestos y las que no.

Los primeros meses tras la aprobación del RDL dejaron patente una improvisación absoluta, además de una sarta de mentiras y de intentos de manipulación que han sido reforzados a lo largo de este último año.

En cuanto a la improvisación, solo es preciso atender a la corrección de errores que introdujo el Gobierno tres semanas después de la publicación del decreto, dada la emergencia de una cierta presión social al comprobar que la reforma sanitaria iba a afectar también a las personas autóctonas, ya que las mayores de 26 años que no hubieran cotizado a la Seguridad Social quedarían fuera del sistema.

El Gobierno se vio obligado a reaccionar e introducir un nuevo elemento para que la gente aceptara la exclusión, estableciendo un límite de ingresos de 100.000 euros, de modo que pareciera que sólo la población rica y extranjera iban a ser objeto de esta medida carente de toda lógica y humanidad. Leer más


Por la Coordinadora contra la Impunidad del Franquismo

  • El objetivo es unificar al movimiento memorialista entorno a los principios de Verdad, Justicia y Reparación
  • La Coordinadora ha anunciado un calendario de movilizaciones para el próximo año

 

La Coordinadora contra la Impunidad del Franquismo, que agrupa a una treintena de asociaciones y colectivos memorialistas de todo el Estado español, ha iniciado hoy su andadura con una asamblea general constituyente y una concentración en la puerta del Sol de Madrid para pedir Verdad, Justicia y Reparación para las víctimas del franquismo.

 

 

La presentación se ha producido justo un año después de que la asamblea de asociaciones reunida en el I Congreso de Víctimas del Franquismo (21-22 de abril de 2012, Rivas Vaciamadrid) acordara impulsar la unidad del movimiento memorialista en la lucha contra la impunidad, a través de la constitución de una Coordinadora que, desde el respeto a la naturaleza de cada organización, tratara de unificar esfuerzos en defensa de los derechos de las víctimas y de la legalidad internacional.  Leer más


Carlos Hugo Preciado Domènech

Magistrado de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña

Revista Sin Permiso

En los últimos días viene siendo objeto de polémica el escrache como medio de reivindicación. Mientras unos sostienen su legitimidad, otros afirman que se trata de una coacción intolerable, una vejación, un método propio del fascismo o una forma de coartar la libertad de voto del Diputado o Senador. Ante tal debate, el propósito de estas líneas es el de contribuir a esclarecer, desde un prisma exclusivamente jurídico, la legitimidad constitucional del escrache como medio de manifestar la crítica frente a la actuación de los Poderes Públicos.

Para ello, hemos de empezar diciendo que el derecho de manifestación o concentración en lugares públicos es un derecho fundamental reconocido en el art.21 de la Constitución y desarrollado por la LO 9/83 de 15 de julio; regulado en el Convenio Europeo de Derechos Humanos de 4 de noviembre de 1950 (art.11); en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos de Nueva York de 19 de diciembre de 1966 (art.21); y más recientemente en el art.12 de la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea.

El derecho de manifestación es una proyección colectiva de la libertad de expresión efectuada través de una asociación transitoria de personas que opera de manera instrumental al servicio del intercambio o exposición de ideas, defensa de intereses, publicidad de problemas y reivindicaciones (STC 301/2006), siendo por ello un cauce del participación democrática que se configura de tres elementos: una agrupación de personas de carácter transitorio (temporal), con finalidad lícita (licitud) y en un lugar de tránsito público (espacial). Es un derecho de especial importancia en un Estado Social y Democrático de Derecho, como expresión del principio de democracia participativa, pues para muchos grupos sociales es uno de los pocos medios de los que disponen para expresar públicamente sus ideas y reivindicaciones (STC 301/06 y 236/07)

Por otro lado, el escrache no es otra cosa que el nombre dado en Argentina, Uruguay y España a un tipo de manifestación pacífica en la que un grupo de activistas de Derechos Humanos se dirige al domicilio o lugar de trabajo de alguien a quien se quiere denunciar. Se trata de un método de protesta basado en la acción directa que tiene como fin que los reclamos se hagan conocidos a la opinión pública.

Así definido, el escrache no es más que el derecho de manifestación con una sola peculiaridad definitoria: el lugar en que se ejerce, que coincide siempre con los alrededores del domicilio o lugar de trabajo de alguien a quien se quiere denunciar, generalmente una persona con responsabilidad pública, un cargo público.

Por tanto, nos hallamos ante una forma de protesta pacífica, en la vía pública y dirigida frente a quien tiene una responsabilidad pública, con la finalidad de defender los Derechos Humanos o cualquier otra reivindicación legítima.

En el caso del escrache que estamos viendo en el Reino de España en los medios de comunicación se trata de un conjunto de personas afectadas por la legislación hipotecaria que pretenden convencer a los Diputados del partido político con mayoría absoluta de que es necesario un determinado cambio legislativo, manifestándose delante de sus domicilios, en la vía pública.

Resulta obvio, hasta aquí, que el derecho de manifestación ampara esta conducta que conocemos como escrache. Por tanto, hemos de partir que el escrache como forma pacífica de manifestación es uno de los expectativas garantizadas por el derecho fundamental y, por tanto, constituye parte de su objeto, pues es una manifestación colectiva de la libertad de expresión ejercitada a través de una asociación transitoria de personas, que opera a modo de técnica instrumental puesta al servicio del intercambio o exposición de ideas, la defensa de intereses o la publicidad de problemas y reivindicaciones (STC 195/03, 66/95, 85/88, etc.). Leer más


Por Pablo A. Sáinz
Red de Apoyo Ferrocarril Clandestino
  • La denuncia sobre redadas realizadas por IU deja al descubierto la incongruencia en las cifras

Los nuevos datos revelados por Izquierda Unida respecto a la continuidad de las redadas policiales dejan al descubierto la sospechosa forma que tiene el Ministerio de Interior de dar a conocer información sobre la actuación de las fuerzas de seguridad en torno a la situación de las personas migrantes, una opacidad que desde diferentes sectores sociales se vislumbra como la base para ocultar la impunidad en que a veces se traducen esas prácticas.

Que las identificaciones tienen un claro componente racial parece a priori no ser noticia, atendiendo no solo las estadísticas, sino a las denuncias ciudadanas, el informe de las Brigadas Vecinales de Observación de Derechos Humanos y, sobre todo, la propia percepción social. Pero el desmembramiento de las estadísticas es lo que suele dificultar poder hacer una evaluación más certera de una situación que siempre es tratada desde las esferas gubernamentales como un problema (con las cotas de criminalización añadidas en discursos, legislación y prácticas) y no como una realidad social. Más de 5 millones de personas migrantes en nuestro país hacen necesario un tratamiento cercano a esta realidad, y no a la permanente “sospecha” que se intenta instalar sobre ellas.

Entonces, parece imprescindible que la sociedad y las propias fuerzas políticas toda vez que reciben estas informaciones hagan el complejo ejercicio de cuestionar sus intenciones, verdades y mentiras que puedan descubrir u ocultar. Aquí, apenas un comienzo:

.- La pregunta parlamentaria que el grupo de Izquierda Plural realizó a través del diputado de Izquierda Unida, Ricardo Sixto, nace motivada de conocer si las prácticas policiales han cambiado a partir de la sanción de la circular 2/2012 sancionada el mayo del pasado año como supuesta respuesta a la condena social contra las llamadas redadas racistas, hasta allí negadas y que fueron reconocidas implícitamente en el texto de la misma. No advierte el legislador al esperar un cambio de mayor calado, que aquella circular en lo dispositivo, que es lo que realmente importa, no se ordenó prohibir las redadas y, sin embargo, sí se creó un viso de legalidad para justificar la identificación de “personas que infundan sospechas”, criterio de una laxitud que intenta proteger cualquier identificación, ya que no es motivo para hacerla una acción sospechosa, sino la propia persona física más allá de sus actos. Aquí una evaluación crítica de la misma realizada por un equipo jurídico, que puede servir de orientación. Leer más


Por Médicos del Mundo

El 1 de Septiembre de 2012 entró en vigor el Real Decreto Ley 16/2012, de 20 de Abril, de medidas urgentes para garantizar la sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud. Con esta nueva normativa, el Gobierno de España reguló la condición de asegurado, quedando apartadas del Sistema Nacional de Salud todas las personas inmigrantes en situación administrativa irregular, entre otros colectivos.

El documental “Cuanto ganamos, cuanto perdimos”, analiza desde diferentes puntos de vista la situación del colectivo inmigrante tras la aplicación de la nueva normativa. A través de entrevistas a personalidades de las diferentes áreas relacionadas con el Derecho a la protección de la salud (Salud Pública, Economía de la Salud, Derechos Humanos, Políticas Sanitarias, Sociedades Científicas) y a través de testimonios de inmigrantes afectados por la nueva situación, el documental reflexiona sobre esta nueva legislación, que excluye del Sistema Nacional de Salud a entre 150.000 y 500.000 inmigrantes en situación administrativa irregular.

Éste es el tráiler.


Por Campaña por el Cierre de los CIE

 

Un total de 26 personas recluidas en el CIE de Zapadores (Valencia) manifestaron haber sufrido violencia por parte de algunos policías durante 2012, según se recoge en el informe ¿Cuál es el delito? elaborado por la Campaña por el Cierre de los CIE, la plataforma que integra a una treintena de organizaciones sociales valencianas que acompañan a las internas e internos del CIE de Zapadores desde hace tres años. Estas denuncias se refieren a insultos, vejaciones, castigos colectivos e incluso malos tratos físicos, como los que denunciaron ocho internos en el juzgado de Valencia por haber sido víctimas de palizas. El informe se ha presentado hoy, Día Internacional de la Eliminación de la Discriminación Racial, incluye un prólogo del catedrático de la Universitat de València, Javier de Lucas, y está dedicado a “todas las mujeres y hombres que sufren cada día por culpa de las leyes y políticas racistas e injustas de control de flujos migratorios, y especialmente a todas las víctimas que han sufrido la experiencia del internamiento en un CIE”.

En el informe también se incluyen las denuncias de años anteriores, como la acusación en 2010 de una mujer contra un policía por haber abusado sexualmente de ella en el calabozo de la comisaría de Orihuela donde pasó la noche antes de ingresar en el CIE y las palizas colectivas de finales de 2010 y octubre de 2011 en Zapadores. Además, se explican las agresiones a un ciudadano nigeriano cuando era deportado en junio de 2012. La abogada de la Campaña, Ester Izquierdo, aseguró que casi la totalidad de estas denuncias son sobreseídas porque se expulsa a los denunciantes “no respetando su derecho a la tutela judicial efectiva e impidiendo que se investiguen los malos tratos”.

Los centros de internamiento para extranjeros son instalaciones donde el Estado español encierra a personas a la espera de ser expulsadas por carecer de permiso de residencia aunque no hayan cometido ningún delito. La falta administrativa en la que han incurrido -en contra de su voluntad- es equivalente al impago de una multa de tráfico, pero se les impone una sanción desproporcionada: privación de libertad y de muchos otros derechos fundamentales. Por eso, desde la Campaña se denuncia su existencia para que “resulte abominable para cualquiera tener un CIE en la ciudad”, explicó Ana Fornés, portavoz de la Campaña.

Lesiones denunciadas por un chico argelino abril 2012.JPG Lesiones denunciadas por un chico argelino abril 2012

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Consejo General de la Abogacía Española

 

  • La modificación no resuelve el ataque contra el derecho de acceso a la Justicia que ha supuesto la aprobación de las tasas judiciales

 

La relación de reformas anunciadas por la defensora del Pueblo tras la comunicación del ministro de Justicia no resuelve, a juicio del Consejo General de la Abogacía Española, el ataque contra el derecho de acceso a la Justicia que ha supuesto la aprobación de la Ley de Tasas. En este sentido, la Abogacía Española señala que:

1) Las reformas anunciadas no modifican ni la cuantía fija de las tasas (hasta 1.200 euros), ni el ámbito de aplicación de la Ley, que mantiene la inclusión de las personas físicas.

2) Tampoco modifican el hecho imponible ni las exenciones, ni introducen supuestos de no sujeción; en suma, la Ley de Tasas seguirá vigente y adoleciendo de los defectos técnicos que se denuncian desde que comenzó a tramitarse. Leer más


Por Mikel Araguás, secretario general de Andalucía Acoge

Ilustraciones Mónica Serrano   

¿Puedes imaginar que sospechen de ti por ayudar a una tu vecino? ¿Te imaginas que puede ser catalogado como delito? ¿Puedes imaginar que esa condena o esa consideración de delito dependa de la decisión del Ministerio Fiscal? Todas estas cuestiones  son posibles en el nuevo artículo 318b del borrador del Código penal que el Ministerio de Interior está realizando. Y son las que en las últimas semanas han preocupado a más de 50.000 personas que han firmado una solicitud de cambio de redacción de este artículo y hecho que 18 organizaciones estemos organizando actividades en todo el estado de cara a solicitar una redacción alternativa a este artículo.

La idea de la campaña enmarcada en la web www.salvemoslahospitalidad.org, aunque para algunas personas pueda parecer básica en su petición, va encaminada no sólo a la modificación de una redacción poco precisa y poco acertada sino también a reflexionar sobre las piedras con las que queremos construir nuestra sociedad. Leer más